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31 de julio de 2020

Ministerio de Justicia ingresa con discusión inmediata Ley Corta para asegurar el pago de pensiones alimenticias con los retiros de fondos de AFP

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ingresó este viernes una ley corta, de rápida tramitación, que busca asegurar el pago de las pensiones alimenticias de aquellos deudores que estén sacando el 10% de sus fondos de AFP.

 Ello, debido a que el marco legal vigente no considera normas que permitan a los tribunales actuar con celeridad y eficacia, para cumplir con los acotados plazos que impone la entrada en vigencia de la ley de retiro de fondos, que comenzó a regir este jueves, y que en un plazo de 10 días empezará a efectuar los primeros pagos a los afiliados.

 

Por este motivo, la Ley Corta presentada refuerza las facultades y obligaciones de los jueces, a la vez que facilita la acción de las y los demandantes, para asegurar la retención de los fondos mientras se mantengan vigente la deuda y mientras no haya garantías suficientes para su pago.

 

Lo anterior, a través del fortalecimiento de la potestad cautelar que tienen los jueces para retener los fondos previsionales, permitiéndoles actuar de oficio o a petición de parte, para asegurar el pago la deuda de alimentos pendiente, y resolviendo la dificultad que se genera en el proceso de cursar las respectivas notificaciones a la parte demandada.

 

De este modo, el proyecto establece:

 

- Se faculta al juez para dictar una resolución de plano, que permite asegurar la custodia de los fondos con la simple notificación a la AFP, la cual debe hacerse en un plazo máximo de 24 horas desde el ingreso de solicitud de retención.

 

- Lo anterior soluciona el problema actual que se genera con la obligación que tienen los tribunales de notificar al demandado de la retención en un plazo de cinco días, luego de realizada la solicitud, ya en caso contrario, los fondos pueden ser liberados. Esta situación es sumamente compleja, dado que -en la práctica- en un importante número de juicios por pensiones de alimentos, los juzgados tienen dificultades para notificar al demandado de sus distintas resoluciones. Por esta razón, el proyecto hace valer la medida desde que es notificada a la AFP, y establece que ésta deberá con posterioridad notificar de la retención al deudor.

 

- Asimismo, la ley corta otorga al tribunal la posibilidad de decretar de oficio la retención de los dineros en las causas de pensiones alimenticias que tuviese conocimiento.

 

- Amplía la duración de la medida de retención de fondos, estableciéndose expresamente que durará hasta que se otorguen resguardos suficientes que aseguren el pago de las pensiones de alimentos adeudadas.

 

- De forma paralela, instala un mecanismo tutelar especial durante el período en que esté vigente la posibilidad de solicitar el retiro de los fondos previsionales, que establece la retención de los fondos de todos aquellos que figuren en una nómina de deudores que enviará mensualmente el Poder Judicial a las AFP.

 

- La iniciativa presentada también establece que toda persona que solicite la restitución de todo o parte del 10% de los fondos, deberá declarar si tiene o no deudas por concepto de pensiones alimenticias.

 

- En los casos en que el retiro hubiere sido hecho antes de producir efecto la medida de retención y en que el deudor hubiere hecho una declaración falsa (es decir tenga deudas alimenticias y no las declare), la AFP enviará los antecedentes al Ministerio Público a fin de que se pueda perseguir la responsabilidad legal que corresponda.

 

Sobre la iniciativa, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, indicó que““para nuestro ministerio es una preocupación constante el velar por el correcto funcionamiento del pago de las pensiones alimenticias, ya que se trata de dineros que van destinados directamente al cuidado y resguardo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país. Por este motivo y de manera complementaria a la efectiva labor que ha hecho el Poder Judicial en este ámbito, estamos impulsando este proyecto con discusión inmediata, para que durante la semana siguiente estemos en condiciones de promulgar esta iniciativa, con la colaboración de todos los parlamentarios, para asegurar así, el pago de las deudas de pensiones alimenticias, que afectan a cientos de miles de personas, principalmente mujeres y sus hijos, y cuyo total nacional supera los 180 mil millones de pesos”.