Principales alcances de la Ley:
Concursos públicos para los nombramientos de notarios, conservadores y archiveros: La nueva ley que reforma el Sistema Notarial y Registral incluye la realización de concursos públicos para nombrar a notarios, conservadores y archiveros, a través del Sistema de Alta Dirección Pública (ADP).
Fin a los cargos vitalicios de notarios: La ley establece un límite de edad de 75 años para ejercer el cargo de notario y prohibición para que familiares de determinadas autoridades puedan ser incluidos en las nóminas de selección y/o nombramientos.
Fiscalización a las notarías y posibilidad de reclamar para los usuarios: Se incorpora al SERNAC como organismo con facultades para supervisar la calidad del servicio y permitir a las personas usuarias puedan reclamar a través de sus plataformas respecto a los problemas de atención, servicios y cobros irregulares.
Modernización y digitalización del servicio: La ley que reforma al Sistema Notarial y Registral establece la modernización y digitalización del servicio, garantizando acceso remoto y gratuito a los registros, sitios web informativos, canales de reclamos y mejoras en infraestructura.
Transparencia en tarifas y precios máximos fijados: Con la reforma se busca transparentar las tarifas a través del establecimiento de máximos fijos de precios de servicios prestados por las notarías.
La fijación de un precio máximo se realizará a través de un procedimiento técnico a cargo de los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, Hacienda y Economía.
Mejora en la atención al público en notarías: La reforma al sistema de notarías permite mejorar la atención al público en las notarías con horarios obligatorios de funcionamiento y requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento tecnológico.
Fiscalización nueva ley
Con la entrada en vigencia de la nueva ley, el SERNAC anunció que ya ha oficiado a más de 500 notarías a nivel nacional para invitarlos a ser parte del Portal del Consumidor en línea del SERNAC en calidad de proveedores, con el fin de tramitar eficientemente los reclamos que ingresen ante un eventual incumplimiento a la Ley del Consumidor.
El Organismo indicó además que monitoreará el comportamiento de las notarías y conservadores respecto de la implementación de la nueva ley, a través de la revisión de reclamos y alertas, para luego realizar fiscalizaciones focalizadas, tanto presenciales como digitales, que permitan verificar que dichas disposiciones se cumplan.
Adicionalmente, el SERNAC agregó que ya están realizando una serie de reuniones de coordinación con el Poder Judicial para velar por el estricto cumplimiento de parte de las notarios, conservadores y archiveros, indicando que, en caso de detectar incumplimientos, adoptarán las acciones adecuadas de acuerdo a sus facultades.
¿Dónde reclamar?
En caso de incumplimientos o mala calidad del servicio, los consumidores pueden reclamar ante el SERNAC en www.sernac.cl, llamando en forma gratuita al 800 700 100 o en las oficinas del Servicio a lo largo del país.
Contexto y rol del SERNAC y la Fiscalía Judicial
El 2 de julio de 2025 fue despachada la ley que reformó el Sistema Notarial y Registral, iniciativa que fue aprobada por el Congreso Nacional, luego de seis años de tramitación legislativa.
Finalmente, la Ley de Notarios (Ley N° 21.772) que modifica el Código Orgánico de Tribunales y hace aplicable la Ley del Consumidor (Ley 19.496) a notarios, conservadores y archiveros), entró en vigencia el pasado 2 de abril de 2026.
La Ley de Notarías le reconoce al SERNAC un rol fundamental, al ser la entidad encargada de velar por la calidad y cumplimiento del servicio y la protección de los derechos de los consumidores.
Con la entrada en vigencia de esta nueva ley, el SERNAC puede fiscalizar a las notarías y recibir los reclamos de las y los consumidores. Es decir, a partir de ahora el Servicio cuenta con la facultad de supervisar la calidad del servicio, pudiendo gestionar los reclamos que interpongan los usuarios a través de sus canales de atención respecto a los problemas de atención, servicios y cobros irregulares.
En caso de detectar incumplimientos, el SERNAC podrá iniciar acciones para proteger los derechos de las y los consumidores. Por ejemplo, podría oficiar a las notarías, interponer denuncias ante los juzgados de policía local, iniciar
Procedimientos Voluntarios Colectivos o incluso, demandar colectivamente en caso que la infracción afecte a un colectivo de personas.
Además de las facultades que la ley le otorga al SERNAC, la norma le entrega a la Fiscalía Judicial el rol supervisar la conducta funcionaria de los notarios, archiveros y conservadores, para efectos de informar a la corte de apelaciones respectiva las faltas o abusos que cometieren ejerciendo sus funciones, para que los tribunales de alzada inicien los respectivos procesos sancionatorios disciplinarios.















