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Los Lagos 3
24 de agosto de 2020

[LOS LAGOS] Ley asegura el pago de pensiones alimenticias con retención del 10% de AFP

Una nueva posibilidad tienen ahora las ciudadanas/os a quienes se les adeuda la pensión de alimentos de sus hijos. Ya es ley el proyecto que presentó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para resguardar y asegurar el pago de las pensiones alimenticias con el retiro del 10% de los fondos de AFPs.

En cuanto sea presentada la solicitud de parte de la alimentaria, el juez deberá resolver y notificar a las AFPs en un máximo 48 horas, ordenando resguardar los fondos. Luego, las compañías aseguradoras de los fondos serán las encargadas de comunicar a su afiliado que los dineros se encuentran retenidos. Esta disposición aliviana el problema que tienen los Tribunales de Familia para entregar notificaciones a los deudores de pensiones alimenticias, debido a la dificultad que tienen para ubicarlos. Establece además que si la persona que realizó la solicitud de retención, no sabe la AFP del demando, el tribunal deberá notificar a todas las AFPs de su resolución de retención de fondos para cautelar el pago.

Esta ley permite que los jueces de familia puedan proceder de oficio y retener los dineros en todas aquellas causas con deudas ya liquidadas que tengan conocimiento, notificando a las AFPs. Las medidas de retención tendrán valor durante todo el tiempo en que se mantengan las respectivas causas de familia abiertas, sin necesidad de renovación por parte del demandante.

El ministro de Justicia y DD.HH., Hernán Larraín, dijo que “para nuestro Ministerio de justicia y Derechos Humanos es una preocupación constante velar por le correcto funcionamiento del pago de las pensiones alimenticias, ya que se trata de dineros que van destinados directamente al resguardo y cuidado de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país”.

En la Región de Los Lagos existen más de 10 mil demandas. En la provincia de Chiloé existen 3.074 demandas por pensiones de alimentos.  Isabel M. G. es una de ellas “que espero se haga justicia con nuestra espera que por más de cinco años no ha pasado. Tengo fe en que ahora se nos dé algo de dinero que no es para mí, es para mis tres hijos que necesitan comer, vestirse, bañarse con agua caliente, más aún ahora que quedé sin trabajo desde que empezó esto del Covid19”, clama esta chilota.

El seremi de Justicia y Derechos Humanos, Alex Meeder, dijo que “ya es ley de la República esta iniciativa en que los jueces tienen un plazo de 48 horas para hacer llegar a las AFPs el listado de los deudores de las pensiones alimenticias. Es un avance para intentar paliar los 180 mil millones de pesos que en Chile se calcula que es la deuda en materia de pensión de alimentos”.

Además, esta norma establece que las AFPs tendrán la obligación de consultar a sus afiliados si tienen o no obligaciones alimentarias al momento de iniciar el trámite de retiro de fondos. De ser afirmativa la respuesta, la AFP no podrá hacer entrega de esos dineros sin que el deudor compruebe que saldó sus deudas. Y si la persona indica que no tiene deudas, se realiza el pago del 10%, y luego el tribunal ordena la retención de los dineros, porque en realidad la persona si tiene pensiones impagas, entonces los antecedentes son derivados al Ministerio Público para que investigue.

Las medidas de retención estarán vigentes mientras se mantengan las respectivas causas de familia, sin necesidad de renovación por parte de la demandante. Además, los Tribunales de Familia remitirán periódicamente a las aefepés la nómina de deudores de pensiones alimenticias junto a los montos que deben.