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18 de abril de 2020

[AYSÉN] Cinco internos de la región son beneficiados con Ley de Indulto General Conmutativo

Esta ley se enmarca dentro de las acciones que ha adoptado el gobierno desde el ámbito del sistema de ejecución penal, como consecuencia de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia COVID-19 en el país.

Cinco internos de los recintos penales de Coyhaique y Puerto Aysén serán beneficiados con la ley 21.228 de Indulto General Conmutativo, promulgada la semana recién pasada por el Presidente Sebastián Piñera, y que busca descongestionar los recintos penales del país en el contexto de pandemia de Covid-19, fue así como este sábado tres de los cinco internos, pertenecientes al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Coyhaique, fueron notificados y despedidos por el Seremi de Justicia y DD.HH Luis Prieto Epuyao y el Director Regional de Gendarmería Coronel Renato Montecinos Lavin.

Cabe mencionar que esta normativa legal permite a la población penal perteneciente a grupos de riesgo, que no hayan cometido delitos de extrema gravedad puedan completar sus penas con reclusión domiciliaria total, a fin de reducir el hacinamiento en las prisiones del país y prevenir que se conviertan en focos de contagio de la pandemia.

En la oportunidad, el Seremi de Justicia y DD.HH Luis Prieto explicó que “el espíritu de la norma hoy publicada es descongestionar las unidades penales en el país, a fin de prevenir el contagio de Covid-19 en ellas, por medio de dos objetivos claros, establecer la reclusión domiciliaria total en los grupos de internos de alto riesgo, y reducir los flujos de ingresos y egresos de las mismas”.

GRUPOS DE RIESGO

-          Mayores de 75 años podrán optar por la reclusión domiciliaria total por lo que quede de la pena.

-          Hombres mayores de 60 años y mujeres de más de 55, y de menos de 74 años que tengan la mitad de sus penas cumplidas y que les quede aún por cumplir un saldo igual o inferior a 36 meses (3 años) de pena, podrán optar por la reclusión domiciliaria total por lo que quede de la condena.

-          Mujeres embarazadas y/o con niños que tengan un tercio de sus penas cumplidas y que les quede aún por cumplir un saldo igual o inferior a 36 meses (3 años) de pena, podrán optar por la reclusión domiciliaria total por lo que quede de la condena.

-          Personas con reclusión nocturna que tengan un tercio de sus penas cumplidas y que les quede aún por cumplir un saldo igual o inferior a 36 meses (3 años) de pena podrán optar por la reclusión domiciliaria nocturna por lo que quede de la condena.

-          Personas beneficiadas con salida controlada a medio libre que tengan la mitad de sus penas cumplidas y que les quede aún por cumplir un saldo igual o inferior a 36 meses (3 años) de pena podrán optar por la reclusión domiciliaria nocturna por lo que quede de la condena.

-          Finalmente, los beneficiados con salida de fin de semana y permiso dominical que tengan la mitad de sus penas cumplidas y que les quede aún por cumplir un saldo igual o inferior a 36 meses (3 años) podrán optar por una medida transitoria de reclusión domiciliaria total por 6 meses, para al séptimo mes volver a cumplir su condena en el establecimiento penitenciario.