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7 de agosto de 2020

Actual Ley de Libertad Condicional habría impedido la libertad del imputado en “caso Ambar”

La ley 21.124, publicada en enero de 2019, modificó el sistema de Libertad Condicional.

La modificación tuvo por objeto concebir la Libertad Condicional como un beneficio, y no como un derecho.

Es por ello que se modificaron los requisitos para obtener este beneficio, pasando de simples requisitos formales (buena conducta, asistencia a escuela) a la necesidad de evaluar el riesgo de reincidencia y las posibilidades de reinserción de los condenados.

Asimismo, se eliminó la norma que permitía a condenados a más de 20 años obtener la libertad condicional tan sólo al cumplir sólo 10 años.

Finalmente, se estableció expresamente que la Comisión de Libertad decidir por resolución fundada y que debía considerar los antecedentes aportados por Gendarmería.

Cabe señalar que se dispuso expresamente en la ley que todas estas modificaciones regían inmediatamente.
Así, se estableció:

“Artículo 12.- Este decreto ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.”.

Dicha publicación se realizó el 18 de enero de 2019.

Si bien un reglamento referido a los delegados de libertad condicional y la organización interna de Gendarmería para estos efectos se encuentra pendiente de Toma de Razón, la ley está plenamente vigente. Así, con la actual legislación, el sr. Bustamente Perez aún estaría privado de libertad.