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31 de mayo de 2019

Respuesta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a declaración de Amnistía Internacional

Respuesta a declaración de Amnistía Internacional

  1. Reconocimiento y valoración

El Gobierno agradece cuando organizaciones de la sociedad civil plantean a las autoridades sus inquietudes y reflexiones en materia de derechos humanos. De hecho, el Gobierno se ha reunido con una serie de organizaciones que trabajan en áreas tan relevantes para estos, como las de niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, diversidad sexual, pueblos indígenas, entre otros. Es en ese espíritu que hemos leído con detención el informe publicado por Amnistía Internacional, y nos ha sorprendido su forma de presentación, carente de objetividad y con un marcado sesgo ideológico. Ello, porque como Gobierno, esperamos un tono franco, pero constructivo, tal como han sido los informes anuales tradicionalmente publicados por Amnistía. Desde esta perspectiva, este documento sorprende también por su propósito, señalado por Amnistía en su página web, como una campaña en contra del gobierno del Presidente Sebastián Piñera, bajo las expresiones “Piñera nos debe” y “Pásale la cuenta”.[1]

Lo anterior es inaceptable, y no se condice con la lógica del diálogo constructivo al cual el sistema internacional de los derechos humanos ha convocado, y que debe existir entre los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil. Es por ello que, sin perjuicio de las críticas que nos merece el informe, invitamos a esta organización a llevar adelante un diálogo respetuoso y propositivo.

La opción adoptada por Amnistía Internacional en este texto es aún más difícil de comprender, tratándose de un gobierno que ha manifestado su irrestricto compromiso con la defensa, promoción y protección de los derechos humanos. En ese sentido, el informe omite deliberadamente los esfuerzos institucionales realizados por el Gobierno de Chile para investigar, sancionar y reparar las violaciones de derechos humanos, indicados por el mismo documento.

En términos generales, el contenido del informe nos merece los siguientes comentarios:

  1. El informe incurre en una confusión conceptual entre estándares de derechos humanos y el mérito de las políticas públicas.

Una de las distinciones críticas para mirar la realidad desde la perspectiva de derechos humanos es la distinción entre el análisis de mérito que puede presentar una política pública, y el cumplimiento de ésta con estándares de derechos humanos. Desde esta perspectiva, es perfectamente posible estar en desacuerdo con el mérito o la oportunidad de una política pública, sin que ello signifique afirmar que la misma infringe estándares de derechos humanos. Sin embargo, esta distinción no es considerada adecuadamente por el informe. Por ejemplo, este plantea que “la decisión del gobierno de no avanzar en el proceso constituyente iniciado, significa en lo inmediato un aumento en la deuda en materia de derechos”. Esta afirmación confunde el mérito de una política pública, con la eventual infracción de un estándar de derechos humanos, lo que es metodológicamente equivocado.

  1. El informe efectúa afirmaciones genéricas carentes de evidencia, a partir de las cuales se extraen conclusiones equívocas

El informe efectúa una serie de planteamientos en los que se acusa al gobierno de Chile de incrementar, y no disminuir, deudas que el Estado tendría en materia de derechos humanos. Muchos de esos planteamientos no se encuentran sustentados en el informe a partir de evidencia concreta que dé cuenta de la realidad de esas afirmaciones.

Por ejemplo, tratándose del proceso de regularización extraordinario de migrantes iniciado el año pasado, el informe señala que “preocupa también cómo esto se podría traducir en expulsiones colectivas aplicando criterios generales sin un análisis caso a caso (…) como de hecho ya lo cuestionó la representante del alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en América del Sur”. El informe refiere a la presentación efectuada por la representante de la Alta Comisionada de Derechos Humanos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la audiencia temática del pasado 23 de abril en Jamaica. Cabe señalar al respecto que, en primer lugar, el informe no aporta fundamentos ni datos estadísticos que permitan justificar las conclusiones manifestadas. Asimismo, la representante de la Alta Comisionada reconoció ante las autoridades del Ministerio del Interior que las afirmaciones efectuadas en dicha audiencia no contaban con antecedentes suficientes para concluir que en Chile había expulsiones colectivas, admitiendo además que se habían cometido errores de protocolo en su intervención. Por ello, es imprescindible aclarar que en Chile no existen expulsiones colectivas, pues tal como lo ha señalado el Ministerio del Interior, estas han sido de carácter individual, con análisis previo de cada uno de los antecedentes y ponderación de los mismos.

Asimismo, el informe señala, en relación con el proyecto de ley de migraciones, que “el gobierno mantiene una deuda que se arrastra por muchos años, en cuanto a la necesidad de contar con una legislación de migraciones en Chile que incorpore debidamente una perspectiva de derechos humanos”. En este sentido, agrega “nos preocupa que algunas de las normas promovidas por el gobierno en el marco de la discusión del actual proyecto de ley de migraciones no van en el sentido adecuado (…) por lo que existe un riesgo que la aprobación del proyecto implique un aumento de la deuda en lugar de una disminución”. Sin embargo, este criterio no es consistente con aquel manifestado por la Organización Internacional de las Migraciones (OIM) que, el 20 de mayo de 2019 ante el Congreso Nacional, señaló que “el proyecto de Ley incorpora los principales estándares internacionales de derechos humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los instrumentos internacionales y regionales ratificados por Chile”.[2]

Sin entrar en el análisis de otras afirmaciones genéricas que no aparecen suficientemente justificadas en el informe, resulta claro que la metodología y la exposición de muchas de esas conclusiones es deficitaria y requiere de un mayor rigor científico.

  1. El informe no se hace cargo de la agenda de derechos humanos del gobierno del Presidente Piñera

El informe resulta ser mezquino al momento de reconocer los avances en materia de derechos humanos alcanzados por el gobierno del Presidente Sebastián Piñera que, en muchos casos, concreta o da continuidad a iniciativas impulsadas por gobiernos anteriores. Asumimos que esta opción fue adoptada debido al propósito del informe. Pese a ello, resulta poco riguroso que el tono del informe ponga en duda la realidad de nuestros avances como país en materia de derechos humanos, desestimándolos y desconociéndolos en su mérito.

Por ejemplo, el informe señala que la aprobación del proyecto de ley que crea el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, si bien “disminuye” la deuda en derechos humanos, debe ser aún monitoreado en su “implementación y funcionamiento”. Por otro lado, el informe critica fuertemente que la nueva ley de identidad de género no incluya a los menores de 14 años. En efecto, el informe concluye que por este sólo hecho “se mantiene intacta la deuda” respecto de las personas transexuales. Sin embargo, estas afirmaciones no se condicen con lo señalado por Amnistía en su informe anual sobre Chile 2016-2017. En dicho documento, esta organización valoró la aprobación del entonces proyecto de ley en el Senado, aun cuando éste incluía únicamente a las personas mayores de 18 años. Esto da cuenta de una falta de consistencia importante de Amnistía en relación con este punto.

Finalmente, el informe permanece silencioso respecto de una serie de deudas en materia de derechos humanos que Chile aún mantiene. Resulta difícil de comprender que el informe ni siquiera de forma tangencial refiera los avances en resguardar los derechos de personas mayores; niños, niñas y adolescentes, y personas privadas de libertad, por nombrar algunos ejemplos. Es, precisamente, en estas áreas en las cuales el gobierno ha llevado a cabo una importante agenda de derechos humanos. En este sentido, esta administración ha promovido una potente Agenda Mujer, está implementando el Acuerdo Nacional por la Infancia, concretó el cierre del CREAD de Playa Ancha, diseñó el programa Adulto Mejor, está implementando el programa “+R” para contribuir a la reinserción social de personas privadas de libertad, inició una mesa de trabajo para promover los derechos de los hijos de madres privadas de libertad, entre otras políticas, que no han sido siquiera insinuadas por el informe.

Este tampoco reconoce la participación que ha tenido Chile, a partir de marzo de 2018, en diferentes diálogos constructivos llevados adelante ante comités de derechos humanos de Naciones Unidas (Comité contra la Tortura, Comité contra las Desapariciones Forzadas y con los Estados que conforman el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el Examen Periódico Universal (EPU)). De la misma forma, el Estado ha respondido a todos los requerimientos de información efectuados por órganos de tratados de Naciones Unidas y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

  1. Conclusión

Lo propio de un Estado que cumple con los derechos humanos es, en primer lugar, que éste promueva y proteja los derechos humanos de todos y todas. Por otro lado, un Estado comprometido con los derechos es aquel que provee los mecanismos, las instituciones, y los procedimientos que permitan investigar, sancionar y reparar infracciones como aquellas señaladas en el informe de Amnistía. Ambos estándares son satisfechos por el Estado.

 

[1]https://amnistia.cl/noticia/amnistia-internacional-presenta-su-estado-de-cuenta-en-materia-de-derechos-humanos-y-lanza-campana-pinera-nos-debe/

[2] OIM, Informe de la Organización Internacional de las Migraciones sobre el proyecto de ley de migraciones presentado por el gobierno de la República de Chile, 20 de mayo de 2019, p. 2.