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Justicia Penal - Videoconferencia (3)
13 de abril de 2020

Congreso retoma tramitación de la Ley Humanitaria

Este mediodía se retomó la tramitación del Proyecto de Ley Humanitaria, en la Comisión de Derechos Humanos del Senado, con la presencia del Ministro de Justica y Derechos Humanos, Hernán Larraín, junto al Subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela, y la Subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren.

Durante la sesión, el Ministro Larraín expuso que este proyecto es una de medidas contenidas en el Programa de Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, y busca  permitir que las personas de edad muy avanzada, o con enfermedades terminales graves, o que les impidan valerse por sí mismas, y que se encuentren cumpliendo penas privativas de libertad, puedan sustituir dicha pena por la de arresto domiciliario total.

“Una preocupación primordial de este Gobierno es garantizar el respeto de los derechos humanos y la dignidad de todas las personas, así como también avanzar hacia una sociedad más compasiva y humanitaria. Este proyecto va en ese sentido y actualiza la legislación nacional conforme a estándares internacionales, con miras a garantizar un trato digno y humano a los privados de libertad”, indicó el Ministro Larraín

La iniciativa, sin embargo, fue rechazada en la Comisión de Derechos Humanos del Senado por 3 votos contra 2, y ahora será conocida por la Comisión de Constitución, para luego ser revisada en Sala.

Contenido del proyecto

El proyecto propone la posibilidad de sustituir la pena privativa de libertad por la reclusión domiciliaria total, para tres casos específicos:

- Personas condenadas que padecen una enfermedad terminal.

- Personas que tengan un menoscabo físico grave e irrecuperable que les provoque una dependencia severa.

- Personas de setenta y cinco años o más que hayan cumplido a lo menos la mitad de la condena impuesta.

En este sentido, para acceder al beneficio, el proyecto propone la obligación de presentar un informe psicológico y social de Gendarmería, que dará cuenta del riesgo de reincidencia de posible beneficiario. Asimismo, el Servicio Médico Legal deberá emitir informes relativos al estado de salud de la persona condenada, ratificando el menoscabo físico sufrido. Finalmente, la resolución que se pronuncie será siempre apelable.

Fundamento del proyecto

El derecho a un trato digno y humano se traduce en la obligación del Estado de “tratar humanamente, con irrestricto respeto a su dignidad inherente, a sus derechos y garantías fundamentales, y con estricto apego a los instrumentos internacionales sobre derechos humanos [a las personas privadas de libertad]”

En cuanto a las personas adultas mayores privadas de libertad, nuestro país tiene compromisos internacionales que nacen de la “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, que nos imponen avanzar en legislaciones especiales para proteger a las personas mayores, incluidas las privadas de libertad.

Además, cabe destacar que en las legislaciones comparadas, podemos encontrar regulaciones similares, como son las que están vigentes, por ejemplo, en Uruguay, Argentina, Brasil, México, España, entre otros.